ELECTROSENSIBILIDAD (EHS)
La OMS no ha previsto aún un código para la EHS, pero en 1999 admitió que debe “clasificar” los “nuevos problemas” como “la sensibilidad química múltiple" y "la alergia a la electricidad”. Por su parte, España tampoco la ha clasificado de momento, pero su Constitución (1978) “reconoce el derecho a la protección de la salud” y que ello “compete a los poderes públicos”. En cuanto a la Unión Europea, en 2008 advirtió del “número creciente de enfermedades vinculadas a factores medioambientales”, como "la hipersensibilidad química múltiple" y "la hipersensibilidad a los campos electromagnéticos", y en 2011 recomendó a sus estados miembros “prestar especial atención a las personas ‘electrosensibles’ (…) y la adopción de medidas especiales para protegerlos”.
Sin embargo, la Administración no puede dar apoyo a lo que la Unión Europea y la Constitución española abogan si la EHS no tiene un código. Porque sin él, el médico no puede introducirla en las plantillas electrónicas de las historias médicas, bajas laborales e informes de estos pacientes. Como consecuencia, sus enfermos no existen porque no quedan registrados. Para que el facultativo pueda incluir la EHS en tales documentos-modelo el SISS propone en este artículo la siguiente solución (*), en dos pasos, una vez que entre en la plantilla: 1. Que inserte el código que a continuación le daremos, en concreto el que corresponda al CIE-MC que rija en su centro (**); y 2. Que escriba en Descripción personal “Electrohipersensibilidad (EHS)”, para que el sistema informático incluya el término al lado del código. En caso de que el profesional tenga problemas para realizar el paso dos, o la base de datos no le dé esta opción, recomendamos que en el campo de Observaciones realice la siguiente anotación (u otra similar): "El código ..... se refiere al diagnóstico de electrohipersensibilidad (EHS) del paciente".
La propuesta del SISS, aquí expuesta, puede adoptarla cualquier médico de inmediato, sea por propia iniciativa, o a petición de un paciente de EHS, y sin necesidad de autorización por ninguna administración o responsable. Se trata de una vía perfectamente válida, que además es factible de implementar por los facultativos de otros países a través de sus CIE-MC. Sólo se necesitaría buena disposición.
La entrada que nos ocupa le ofrece los códigos para EHS, que podrá DESCARGAR (***) EN PDF PULSANDO EN LOS ENLACES QUE INDIQUEN "PINCHE AQUÍ" a lo largo del artículo. La entrega de esta documentación a su médico y a otros profesionales le ahorrará a usted dar explicaciones sobre estos temas, y a ellos le facilitará el trabajo. El artículo le brinda también información explicativa al respecto.
(*) BENEFICIOS DE LA INICIATIVA: 1. Visibilizará la EHS, lo que daría amparo sanitario y legal a sus afectados; 2. Proporcionará un protocolo de inclusión de la dolencia en el sistema sanitario, hasta que la OMS o España la clasificaran; 3. Supondrá un acuerdo colectivo para usar un código con el fin de evitar su falta, o el surgimiento de varios en función del parecer de cada facultativo; y 4. Será una vía rápida, sencilla y legal de implementar la EHS por parte del médico en su consulta.
(**) MOTIVO PARA ELEGIR LOS CÓDIGOS PROPUESTOS: son los que mejor clasifican a la EHS, dentro de las CIE-MC actualmente vigentes en España.
(***) AVISO LEGAL: no modifique; comercialice; ni aloje o difunda fuera de esta entrada sus archivos, imágenes, o URL de los archivos. En su lugar, comparta la entrada (así no perderá el acceso a sus archivos si cambian sus URL en un futuro; dará la oportunidad a otros de visitar un sitio riguroso para informarse; y ayudará al SISS a seguir con su trabajo gratuito). Puede fotocopiar los pdfs si para ello NO altera sus contenidos, marcas de agua y tamaños originales. Le rogamos que si observa la distribución de este trabajo fuera de los términos aquí indicados nos lo comunique. Muchas gracias.
1. “EHS” EN LA CIE-9-MC:
1.1. CÓDIGO:990
1.2 DENOMINACIÓN EN EL ÍNDICE ALFABÉTICO:Radiación
1.3. DENOMINACIÓN EN LA LISTA TABULAR:Efectos de radiación, no especificado
1.4. ENTRADA EN VIGOR:Dato desconocido.
1.5. “EHS” EN VERSIÓN ELECTRÓNICA:Para ver online: acceda a la CIE-9-MC digital, marque la casilla D (“Diagnósticos”), escriba en el buscador COMPLICACION RADIACIÓN, y pulse Buscar. Para descargar en formato pdf: pinche aquí (índice alfabético) y/o pinche aquí (índice alfabético con lista tabular desplegada).
1.6. “EHS” EN VERSIÓN PAPEL:Para descargar la página: pinche aquí (“-radiación”. Pág. 102 -pág. 83 en el pdf-). Para descargar la CIE-9-MC completa: pinche aquí.
1.7. UBICACIÓN EN LA CLASIFICACIÓN:
Cap. 17 LESIONES Y ENVENENAMIENTOS (800-999)
Emplear código adicional para cuerpo extraño retenido, si procede (V90.01-V90.9).Usar código(s) E para identificar la causa y propósito de la lesión o envenenamiento (E800-E999)Nota:1. El principio de la codificación múltiple de lesiones debe seguirse siempre que sea posible. Las categorías de combinación para las lesiones múltiples se proporcionan para su uso cuando existe detalle insuficiente con respecto a la naturaleza de los estados individuales, o para los propósitos de una primera tabulación donde resulta más cómodo registrar un solo código; de no ser así, las lesiones componentes deben codificarse de forma separada.Cuando se especifiquen sitios múltiples de lesiones en los encabezamientos, la palabra "con" indica la implicación de ambos sitios, mientras que la palabra "y" indica la implicación de ambos o de cualquiera de los dos sitios. La palabra "dedo de la mano" incluye el pulgar.2. Las categorías para los "efectos tardíos" de heridas pueden encontrarse debajo de 905-909.990-995 OTROS EFECTOS Y EFECTOS NO ESPECIFICADOS DE CAUSAS
EXTERNAS
995 CIERTOS EFECTOS ADVERSOS NO CLASIFICADOS BAJO OTROS
CONCEPTOS
990 EFECTOS DE RADIACIÓN, NO ESPECIFICADO
Complicación de:
- fototerapia
- terapia de radiación
Enfermedad provocada por la radiación
Excluye:
- efectos adversos especificados de la radiación.
- - Tales enfermedades deben clasificarse según
la naturaleza del efecto adverso, tal como:
- - - dermatitis (692.7-692.8)
- - - leucemia (204.0-208.9)
- - - neumonía (508.0)
- - - quemaduras (940.0-949.5)
- - - quemaduras de sol (692.71, 692.76-692.77)
- - [El tipo de radiación que da lugar al efecto
adverso puede identificarse mediante uso de los códigos E]
1.8. OBSERVACIONES:
El código que se ajusta más a las características de la EHS es el 990 (*), ya que bajo él se pueden clasificar los diagnósticos debidos a “efectos de radiación, no especificado”.(*) CÓDIGO PARA LA EHS: sólo se empleará uno (el 990), aunque la CIE-9-MC indique que los códigos del 800 al 999 deben también “usar código(s) E para identificar la causa y propósito [si los hubiere] de la lesión o envenenamiento (E800-E999)”. El motivo para no utilizarlo es el siguiente: el único código posible para diagnosticar la EHS es el 990 (que significa “efectos de radiación, no especificado”), y el único posible para expresar el “tipo de radiación” causante de la dolencia es el E926 (que significa “radiación no especificada”). Por tanto, la codificación de la EHS con el "990 (926.9)" significaría “Efectos de radiación, no especificado” por “radiación no especificada”, dos ideas redundantes entre sí porque el código principal (990) ya incluye la causa externa de la afección. Por ello, sólo usaremos el código 990.
No obstante, para que pueda entenderse la relación de lo que se acaba de explicar con la transposición que a continuación haremos de ello a la CIE-10-ES (donde la EHS sí tendrá un código secundario) daremos unos breves apuntes sobre los códigos E en general y el código E926.9 en particular. 1) CÓDIGOS E: de ellos el Ministerio de Sanidad señala que estos “serán siempre códigos adicionales, para recoger la causa externa, de cualquier otro código diagnóstico que indique lesión, envenenamiento o efecto adverso. (…). En ningún caso se utilizarán los códigos E como código principal” (Fuente: Clasificación suplementaria de causas externas de lesiones y envenenamientos. Códigos E: normas de uso. En: Manual del usuario. Norma de codificación (4ª edición): normativa. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad). 2) CÓDIGO E926.9: su ubicación en la clasificación es la siguiente:
E000-E999 CODIGOS E. CLASIFICACIÓN SUPLEMENTARIA DE CAUSAS EXTERNAS DE LESIONES E INTOXICACIONESLa presente sección se presenta para permitir la clasificación de los acontecimientos, circunstancias y condiciones ambientales como la causa de lesiones, envenenamiento y otros efectos adversos. Cuando un código de la presente sección es de aplicación, se pretende que se utilice como suplemento de un código de uno de los capítulos principales de ICD-9-CM, indicando la naturaleza de la enfermedad. Otras enfermedades que podrían declararse como debidas a causas externas se encuentran clasificadas en los capítulos 1 a 16 de ICD-9-CM. Para dichas enfermedades, la clasificación de código E debe emplearse como código adicional para un análisis más detallado.Los accidentes debidos a máquinas [salvo aquellos relacionados con el transporte son clasificables bajo la categoría E919, en la cual el cuarto dígito permite una clasificación general del tipo de maquinaria implicada.Las categorías para los efectos tardíos de accidentes y otras causas externas pueden encontrarse bajo E929, E959, E969, E977, E989 y E999.E916-E928 OTROS ACCIDENTES
E926 EXPOSICIÓN A LA RADIACIÓN
Excluye:
- accidente de paciente durante procedimientos
quirúrgicos o médicos (E873.2-E873.3)
- empleo de radiación en operaciones de guerra (E996-E997.9)
- funcionamiento defectuoso de central nuclear en
transporte acuático (E838.0-E838.9)
- reacción normal o complicación de tratamiento sin mención
de accidente (E879.2)
E926.9 RADIACIÓN NO ESPECIFICADA
Radiación NEOM
2. “EHS” EN LA CIE-10-ES DE DIAGNÓSTICOS:
2.1. CÓDIGO:T66 (W90)
2.2 DENOMINACIÓN EN EL ÍNDICE ALFABÉTICO:T66.- Radiación- enfermedad NEOM [nota del SISS: NEOM significa “”No Especificado de Otro Modo]W90.- —
2.3. DENOMINACIÓN EN LA LISTA TABULAR:T66.- Síndrome de irradiación, no especificadoW90.- Exposición a otra radiación no ionizante
2.4. ENTRADA EN VIGOR:Enero 2016 (correspondiente a la 1ª edición de la CIE-10-ES Diagnósticos).
2.5. “EHS” EN VERSIÓN ELECTRÓNICA:T66.- Para ver online: acceda a la CIE-10-ES digital, marque la casilla D (“Diagnósticos”), escriba en el buscador RADIACION, y pulse Buscar. Para descargar en formato pdf: pinche aquí (índice alfabético) y/o pinche aquí (índice alfabético con lista tabular desplegada).
W90.- Para ver online: acceda a la CIE-10-ES digital, marque la casilla E (“Causas externas”), escriba en el buscador W90, y pulse Buscar. Para descargar en formato pdf: [no disponible para la búsqueda "W90"] (índice alfabético) y/o pinche aquí (índice alfabético con lista tabular desplegada).
2.6. “EHS” EN VERSIÓN PAPEL:No disponible en este artículo hasta que el Ministerio de Sanidad edite la CIE-10-ES en pdf y lo publique en su web.
2.7. UBICACIÓN EN LA CLASIFICACIÓN:
2.7.1. Posición del código T66:
Cap.19 LESIONES TRAUMÁTICAS, ENVENENAMIENTOS Y OTRAS CONSECUENCIAS DE CAUSAS EXTERNAS (S00-T88)NOTA: Utilice código(s) secundario(s) del Capítulo 20, Causas externas de morbilidad, para indicar la causa de la lesión.Los códigos de la sección T que incluyan la causa externa no requieren código adicional para dicha causa externa.Utilice código adicional para identificar cualquier cuerpo extraño, si procede (Z18.-)Excluye 1:- traumatismo al nacimiento (P10-P15)- traumatismo obstétrico (O70-O71)NOTA: El capítulo utiliza la sección S para codificar diferentes tipos de lesiones relacionadas con regiones corporales individuales y la sección T para cubrir las lesiones de regiones anatómicas no especificadas, así como los envenenamientos y ciertas consecuencias de las causas externas.T07-T88 LESIONES TRAUMÁTICAS, ENVENENAMIENTOS Y OTRASCONSECUENCIAS DE CAUSAS EXTERNAST66-T78 OTROS EFECTOS Y LOS NO ESPECIFICADOS DE CAUSASEXTERNAST66 SÍNDROME DE IRRADIACIÓN, NO ESPECIFICADOExcluye 1:- efectos adversos especificados de radiación, tales como:- - quemaduras (T20-T31)- - leucemia (C91-C95)- - gastroenteritis y colitis por radiación (K52.0)- - neumonitis por radiación (J70.0)- - trastornos de piel y tejido subcutáneo relacionadoscon la radiación (L55-L59)Se debe añadir el 7º carácter apropiado a cada código de lacategoría T66- A contacto inicial- D contacto sucesivo- S secuela
2.7.2. Posición del código W90:
Cap. 20 CAUSAS EXTERNAS DE MORBILIDAD (V00-Y99)NOTA: Este capítulo permite la clasificación de eventos ambientales y circunstancias como las causas de las lesiones, y otros efectos adversos.Cuando sea aplicable un código de esta sección, éste será utilizado como secundario a un código de otro capítulo de la Clasificación que indique la naturaleza de la afección.Frecuentemente, la condición se clasificará en el capítulo 19: Lesiones, envenenamientos y algunas otras consecuencias de causas externas (S00-T88).Las afecciones que pueden derivarse de las causas externas se clasifican en los capítulos I al XVIII.Para estas afecciones, los códigos del Capítulo 20 pueden usarse para proporcionar información adicional sobre la causa de la afección.W00-X58 OTRAS CAUSAS EXTERNAS DE LESIONES ACCIDENTALESW85-W99 EXPOSICIÓN A CORRIENTE ELÉCTRICA, RADIACIÓN YTEMPERATURA Y PRESIÓN AMBIENTAL EXTREMAExcluye 1:- exposición a:- - - calor natural (X30)- - - error en la dosis de radiación o de temperatura durantecuidados quirúrgicos y médicos (Y63.2-Y63.5)- - - frío natural (X31)- - - luz solar (X32)- - - proceso radiológico y radioterapia (Y84.2)- - - radiación natural NEOM (x39)- - - rayo (T75.0)W90 EXPOSICIÓN A OTRA RADIACIÓN NO IONIZANTEExcluye 1:- exposición a luz solar (X32)Se debe añadir el 7º carácter apropiado a cada código de lacategoría W90- A contacto inicial- D contacto sucesivo- S secuela
2.8. OBSERVACIONES:
En la CIE-10-ES actual, la codificación para EHS más cercana a la que le hemos dado en la CIE-9-MC, la más ajustada a la dolencia, y la más completa, es la T66 (W90). Porque el código T66 significa “síndrome de irradiación, no especificado” y el código W90 “exposición a otra radiación no ionizante”. Por tanto, ambos unidos definen lo que es la EHS y su causa: un “síndrome de irradiación, no especificado” por “exposición a otra radiación no ionizante”.
Obsérvese que si la EHS muestra un código secundario en la CIE-10-ES, pero no en la CIE-9-MC, es porque en la CIE-10-ES el código principal y el secundario se complementan y completan; mientras que en la CIE-9-MC uno y otro resultan repetitivos, por lo que queda eximida la inclusión del código adicional (como ya expresamos).
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